Una de las trabas más grandes con las que se encuentran los autónomos a la hora de defender sus derechos, es en el momento de ser madres/padres y durante la crianza de sus hijos. Hasta ahora, existían pocas prestaciones para conciliar la vida personal y la vida laboral, lo que hacía que muchos autónomos frenaran su deseo de avanzar en su vida personal. Esto demandaba un cambio de dirección y una reforma de la ley de autónomos, que, por suerte, ya ha llegado para quedarse.
Actualmente, las mujeres autónomas que se enfrentan a la maternidad tienen unas ventajas respecto a tiempo anterior en lo que respecta a la baja y a su reincorporación al trabajo. Esto hace que sea más fácil llevar a cabo una adecuada conciliación, tratándose este de uno de los objetivos más importantes que se intenta alcanzar.
Veamos que nuevas medidas existen en lo referente a la maternidad, pudiendo beneficiarse las mujeres autónomas que se convierten en madres, y en que medidas se incluyen, también, a los padres autónomos.
Bonificaciones en el periodo de baja temporal por maternidad y paternidad
Cuando nace un nuevo miembro de la familia, los padres tienen derecho a una baja maternal y paternal. La mujer cuenta con 16 semanas de baja, siendo obligatoria en las 6 primeras semanas, para recuperarse del parto (pudiendo equipararse a la baja por enfermedad de la que puedes encontrar más información aquí). El resto del tiempo de baja lo puede ceder al padre, que ya de por si cuenta con 8 semanas de descanso para dedicarse exclusivamente al cuidado del nuevo miembro de la familia.
Hasta hace un tiempo, los padres que disfrutaban de su baja debían seguir saldando sus deudas con la Seguridad Social. No obstante, la nueva medida dice que, tanto la madre como el padre dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, tienen derecho a una prestación del 100% de la base de cotización en la cuota de autónomos mientras estén disfrutando de su baja, aunque no necesiten contratar a nadie. Es decir, estarán exentos de pagar su cuota de autónomos mensual, pero seguirán cotizando a la Seguridad Social.
Tarifa plana para las madres que se reincorporen al trabajo tras haber dado a luz
Una vez terminada la baja, en la que tanto el padre como la madre han quedado exentos del pago de la cuota de la Seguridad Social, toca volver al trabajo. Para ello, el Estado también ha contemplado algunas medidas que actualmente ya se están llevando a cabo.
Entre ellas, encontramos la reducción de la cuota de autónomos de la madre autónoma durante los primeros 12 meses de trabajo tras haber dado a luz. Durante todo este tiempo, disfrutará de una tarifa plana de 60€ mensuales por cotizaciones mínimas, o una reducción del 80% en bases superiores.
Aumento de la baja paternal
Además, como medida de igualar los roles de padres y madres y evitar así las desigualdades a la hora de encontrar trabajo de cada uno de los géneros, las nuevas medidas que ha implantado el Gobierno apuntan por ir alargando paulatinamente la baja paternal hasta equipararla, de aquí a unos años, con las 16 semanas de las que dispone la mujer.
De esta manera, se satisface el disfrute del padre con el nuevo miembro de la familia, aunque muchas mujeres creen conveniente, además, alargar la baja maternal.
Estas medidas también se aplican en otras situaciones que supongan un menor a cargo, como una adopción, acogimiento, periodo de lactancia o riesgo en el embarazo. Medidas como estas hacen que la conciliación de la vida personal y laboral esté cada vez más cerca, lo que nos permite hablar de cada vez más avances en el bienestar de las personas y apostar por los derechos personales y laborales. No obstante, este ámbito debe beneficiarse de más medidas para seguir por este buen camino emprendido.