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El Supremo ha hablado, pero ¿qué gastos de hipotecas pueden seguir reclamándose?

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El Tribunal Supremo emitió una sentencia el pasado 28 de febrero en relación a las reclamaciones por gastos de hipotecas, en la que quedaron establecidos cuáles son los que pueden recuperarse y cuáles no.

La decisión del Tribunal señala que el impuesto sobre actos jurídicos documentados (Iajd) debe ser abonado por el cliente, es decir, el prestatario. Además, el tributo de la matriz notarial debe repartirse entre ambas partes. Respecto al pago de las copias de las escrituras, este corresponde a quien las pide.

Una vez conocida la sentencia, los clientes aún están en posición de reclamar y recuperar varios tributos, que en promedio podrían representar unos 1.500 euros.

Entre estos se encuentran los aranceles notariales (entre 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria), gastos de la inscripción en el Registro de Propiedad y los honorarios correspondientes de la gestoría y tasación.

En total, son 4 los aspectos que aún son susceptibles de reclamación. El gasto ante la notaría se refiere a la formalización de la hipoteca ante el notario, cuyo desembolso no debe ser exclusivo del cliente. La razón es que el banco es quien tiene el interés principal en los documentos y la inscripción de la escritura del préstamo.

La misma situación se presenta con el registro de la propiedad, que es un gasto obligatorio para cualquier operación de compra-venta de viviendas.

En cuanto a los gastos de gestoría y tasación, también es posible reclamarlos en el caso de que así proceda; es decir, si ha sido un servicio impuesto por el banco en el caso de la primera y si ha sido obligatorio en la segunda.

Cómo reclamar el dinero

Los gastos pueden reclamarse a través de dos vías. La primera por medio de la propia entidad bancaria y la segunda ante los juzgados correspondientes. En el caso de elegir la primera, hay que efectuar una reclamación formal en la oficina de atención al cliente.

De no obtener respuesta, otra posibilidad es tramitarla ante el Banco de España, pero sus decisiones no son vinculantes.

El otro camino es el judicial, interponiendo una denuncia ante el juzgado de cláusulas abusivas que corresponda a la provincia en la que resida la persona. El proceso puede ejecutarse a través de las asociaciones de consumidores o mediante los despachos de abogados.

En este último caso, hay bufetes como los de abogados10.net, que son abogados en línea con los que cualquier afectado puede realizar consultas gratuitas online durante las 24 horas. Las preguntas obtienen respuesta en tiempo real a través del chat que se mantiene con los expertos en leyes.

Efectuar las consultas con este método tiene numerosas ventajas, como obtener una respuesta inmediata, asesoramiento de calidad y de forma gratuita. Conocer los derechos y deberes de cada persona es más sencillo al hacerlo de esta manera.

Cláusulas abusivas

El Tribunal Supremo ha seguido la causa de las reclamaciones de los clientes y se ha pronunciado sobre el tema, considerando algunas cláusulas como abusivas.

Las decisiones que ha tomado el Tribunal han generado que los afectados soliciten información a los despachos de abogados. Todos desean conocer cuál es el camino más idóneo para intentar recuperar el dinero.

La sugerencia en estos casos es buscar la asesoría de los especialistas para que ofrezcan sus consejos y comenzar el proceso de reclamación.

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Miguel Medina
Miguel Medina
Especialista en Comunicación Digital y Social Media. Content Manager, Editor y Redactor de Contenidos Web en diferentes revistas y medios de prensa online. Prosélito devoto del Lean Writing.
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